Al vivir en un inmueble o tener tu local en una plaza en donde pagan una cuota de mantenimiento por las áreas comunes, siempre se debe mantener la transparencia en la contabilidad para que los propietarios tengan claro lo que se esta haciendo con el dinero.
Para esto, se llevan juntas semanalmente, a la quincena o mensual; y para que sean constructivas hay que estar preparados así:
1. Delimitar el propósito de la junta
Tener claro el objetivo (avances generales de trabajos, proyectos de mejora,…) y tomar en cuenta a las personas claves que deben intervenir.
![]() | 2. Determinar la duraciónLo ideal es que no dure más de 2 horas para no perder la atención de los integrantes. |
3. Preparar una agenda
Saber los temas a hablar para no desviarse en la plática o asustos que vayan surgiendo, esos se apuntan en la minuta de la junta y se ven al final o en la siguiente junta dependiendo la urgencia.
4. Ser interactivos
Hay que involucrar a todos los participantes y obtener las opiniones, preguntas e ideas de los propietarios.
5. Fijar un lugar, fecha y hora
Por lo menos una semana antes, elegir una hora que no sea ni muy temprano, ni muy tarde. Hay que estar concientes que en condominios residenciales las horas de las juntas pueden ser a partir de las 18:30, con mayor razón hay que evitar tardarse horas. ¡Ah! y ¡Reserven el área con anticipación!
6. Lleguen preparadosLlevar solo lo necesario, como computadora, cargador, material impreso, fotos… | ![]() |
7. Evitar distracciones
Invitar a los participantes a concentrarse en la junta y evitar el uso de celulares a menos de que sea muy necesario. Esto también ayuda a que no se prolongue.
8. Establezcan fecha de la próxima reunión
Hay que aprovechar la presencia de los participantes para fijar la regularidad de estas juntas de avances, y los días que todos pueden.
9. Elaboren una minuta
El administrador debe apuntar los puntos importantes que surgieron durante la reunión para darles el debido seguimiento.
Por otro lado, las Asambleas en tu condominio, ¿no salen como esperan?:
>> Este es el Orden de la Asamblea Ordinaria en mi Condominio <<
Un buen administrador de inmuebles, los guiarán a que tomen las mejores decisiones de acuerdo a las necesidades que desean cubrir y a que nivel quieren llevar el condominio. Somos expertos en el tema con más de 11 años de experiencia en Monterrey y Ciudad de México, por lo que podemos guiarlos para que logren tener la mejor administración de acuerdo a su condominio.
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Que pasa si en un año hay mas ingresos que gastos por concepto de mantenimiento y otras actividades que se hace con el sobrante a donde llega a parar ese dinero
Hola Miguel buenas tardes,
El dinero está en bancos, dos con el remanente. El sobrante, en asamblea se proponen proyectos de mejoras para el condominio, y el resto del dinero se va guardando en una cuenta de inversiones, se recomienda con los remanentes tener de dos a tres meses del presupuesto mensual para cualquier eventualidad.
Espero haber resuelto tus dudas, saludos!!
Buenas tardes, tengo una duda muy grande, se puede administrar un condominio con una AC y al mismo tiempo el condominio estar registrado en la procuraduría social y regirse bajo esa ley? La AC la deben conformar todos los condóminos o con solo unos cuantos el resto que no este registrado está obligado? De antemano gracias por si respuesta. Saludos.
Cual es la diferencia de Asociación Civil y el Régimen de propiedad en condominio?
Hola José buen día,
Mira en cuanto a las asambleas, se deben de Celebrar dos asambleas la de Régimen de Propiedad en Condominio y la de la AC (en la asamblea de la AC prácticamente se repite los puntos de la asamblea del RPC, es meramente de trámite y protocolo).
La Asamblea del Régimen sirve para dos cosas principalmente, 1. Se avalan todos los acuerdos por voluntad de la asamblea, incluyendo el monto de las cuotas de mantenimiento, reglamento, y todos los procedimientos que quieran y marquen el cómo convivir entre los condóminos y DESIGNA como administrador del RPC a la AC. Esto significa que por instrucciones de la asamblea del RPC quedan establecido las reglas, cuotas, sanciones y la instrucción que la AC funja como la administradora solamente, es decir es donde llegan las aportaciones y salen los pagos. Esto con el objetivo de los beneficios fiscales que ofrece la AC y que además son los adecuados para que funja como la administradora del RPC.
Teniendo estas bases en asamblea y las actas de dichas asambleas debidamente protocolizadas ante notario, entonces se podrá demandar a los morosos por parte del RPC. El operador (ya se la persona física o moral que este administrando el condómino con los poderes debidamente otorgados por la asamblea del RPC podrá levantar una demanda hacia los condóminos morosos en representación del RPC y no en representación de la AC.
En conclusión, la AC solamente capta los fondos y paga la operación y se lleva la contabilidad. El RPC es verdaderamente donde está todo el sustento de las reglas, sanciones, aportaciones etc., y designa a una AC para que sea esta la administre los fondos. Pero al final del día quien demanda a los morosos es el RPC dado que ahí no es por voluntad su participación del condómino en el condominio, sino que en el momento que es dueño forzosamente se apega a los estatutos del RPC y su ley sin excepción.
Espero y te sirva esta información. Cualquier duda estamos para servirte.